martes, 28 de junio de 2016

OFICINA DE NORMALIZACION PREVISIONAL




DEFINICIÓN



La Oficina de Nacionalización Provisional (ONP) es un Organismo Público Técnico y Especializado del Sector de Economía y Finanzas, que tiene a su cargo la administración del Sistema Nacional de Pensiones (SNP) a que se refiere el Decreto Ley N° 19990, así como el Régimen de Seguridad Social para Trabajadores.

FUNCIONES

  • Reconocer, declarar, calificar, verificar, otorgar, liquidar y pagar derechos pensionarios con arreglo a ley, de los sistemas provisionales que se le encarguen o hayan encargado, así como del Régimen de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales, Decreto Ley N° 18846. 
  • Mantener informados y orientar a los asegurados obligatorios y facultativos, sobre los derechos y requisitos para acceder a una pensión y otros beneficios pensionarios de su competencia. 
  • Mantener los registros contables y elaborar los estados financieros correspondientes a los sistemas provisionales a su cargo y de los fondos pensionarios que administre.
  • Calificar, otorgar, liquidar y pagar el derecho a Bono de Reconocimiento a que se refiere la Ley del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones, Bono de Reconocimiento Complementario (BRC) a que se refiere la Ley Nº 27252, Bonos Complementarios de Pensión Mínima (BCPM) y de Jubilación Adelantada del Decreto Ley Nº 19990 (BCJA) a que se refiere la Ley Nº 27617, y Pensiones Complementarias (PC) a que se refieren el Decreto de Urgencia Nº 007-2007 y la Ley Nº 28991, y cualquier otra obligación que se derive de sus fines, conforme a ley.

  • Coordinar con la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT) las actividades necesarias para el control de las aportaciones recaudadas; la obtención de la información requerida para sus procesos administrativos y supervisar el ejercicio de las facultades de administración delegadas con arreglo a lo establecido en los convenios interinstitucionales suscritos.
  • Conducir los procedimientos administrativos vinculados con las aportaciones de los sistemas provisionales, conforme al marco legal vigente.
  • Realizar periódicamente los estudios e informes que correspondan a sus fines Institucionales, proponer la expedición de normas que contribuyan al mejor cumplimiento de estos y opinar sobre los proyectos de dispositivos legales relacionados directa o indirectamente con los sistemas provisionales a su cargo.
  • Actuar como Secretaría Técnica del Directorio del Fondo Consolidado de Reservas Provisionales (FCR).
  • Aprobar y administrar su presupuesto con arreglo a las disposiciones legales sobre la materia.
  • Administrar los procesos inherentes al Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo (SCTR) conforme a la normatividad vigente sobre la materia y dentro de los alcances del respectivo contrato de reaseguro que para tal fin la Oficina de Normalización Previsional (ONP) celebra con una compañía de seguros debidamente autorizada para brindar dicho seguro.
  • Calificar, otorgar, liquidar y pagar la pensión por cobertura supletoria del Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo (SCTR) a que se refiere el artículo 88° del Reglamento de la Ley Nº 26790, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-97-SA.
  • Diseñar, racionalizar y optimizar los procesos y procedimientos operativos.
  • Mantener operativa y actualizada la plataforma tecnológica de la Oficina de Normalización Previsional (ONP).
  • Realizar periódicamente los estudios actuariales que sean necesarios para la correcta administración de los sistemas previsionales a su cargo proponiendo las recomendaciones necesarias.
  • Efectuar las acciones de fiscalización que sean necesarias, con relación a los derechos pensionarios en los sistemas a su cargo, para garantizar su otorgamiento con arreglo a ley. La Oficina de Normalización Previsional (ONP) podrá determinar e imponer las sanciones y medidas cautelares, de acuerdo a las normas legales y reglamentarias.
  • Conducir o encargar la conducción de las acciones de acotación y cobranza de los adeudos para con los sistemas provisionales, así como los intereses, multas y moras correspondientes.
  • Disponer las medidas que garanticen el cumplimiento de las acciones señaladas en las funciones (o) y (p) precedentes, incluyendo, de ser necesario, el uso de la vía coactiva.
  • Ejercer cualquier otra facultad que se derive de sus fines y las demás que expresamente le confiera la ley.

OBJETIVOS
  Generar una base de datos de Imágenes indizadas con valor legal de los documentos más importantes del Archivo de ORCINEA y del Archivo de Planillas; lo que le permitirá a la ONP determinar en menor tiempo el vínculo laboral de los futuros pensionistas y contar con un respaldo ante posibles contingencias de deterioro y/o destrucción de los documentos.

*      *Ofrecer otorgamiento de la pensión al trabajador.
*      *Seguridad
*      *Facilitar el acceso al sistema provisional de los trabajadores independientes.
*      *Minimizar el stock de expedientes por resolver.

*      *Minimizar el volumen de procesos judiciales relativos a la solución de expedientes.


 VISIÓN Líderes del servicio público en materia provisional.
 MISIÓN Brindar seguridad provisional otorgando pensiones mediante un servicio público eficiente, predecible y transparente.

ESTRUCTURA ORGÁNICA





La estructura orgánica de la ONP se presenta en el gráfico adjunto. Los siguientes títulos contienen la organización y las funciones de los órganos y unidades orgánicas desplegadas en los puestos que los conforman, con excepción del Consejo Consultivo, cuya organización y funciones se presentan en el Reglamento de Organización y Funciones.

RESUMEN
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La Oficina de Nacionalización Provisional (ONP) es un Organismo Público Técnico y Especializado del Sector de Economía y Finanzas, que tiene a su cargo la administración del Sistema Nacional de Pensiones (SNP) a que se refiere el Decreto Ley N° 19990, así como el Régimen de Seguridad Social para Trabajadores y Pensionistas Pesqueros, creado a través de la Ley N° 30003, entre otros regímenes de pensiones a cargo del Estado.

Adicionalmente, según la Ley N° 26790 y disposiciones complementarias, la ONP ofrece un Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo - SCTR a los afiliados regulares que desempeñan actividades de alto riesgo.

Asimismo, cuando los trabajadores requieren su traslado al Sistema Privado de Pensiones (AFP), la ONP reconoce los aportes que deben ser transferidos mediante la calificación, emisión y redención de Bonos de Reconocimiento y Bonos Complementarios.

La ONP reconoce, califica, liquida y paga los derechos pensionarios en estricto cumplimiento del marco legal. Además, informa y orienta a los asegurados sobre los trámites y requisitos que se necesitan para acceder a una pensión y otros beneficios pensionarios. 



SUMMARY
The Office of Temporary Nationalization (ONP) is a technical and specialized Sector Economy and Finance, which is responsible for administering the National Pension System (SNP) that Law No. 19990 Decree concerns public body and the Social Security Scheme for Workers and Pensioners Fisheries, created by Law No. 30003, including pension schemes by the State.

In addition, according to Law No. 26790 and supplementary provisions, the ONP provides Supplemental Security Risk Work - SCTR to regular members who perform high-risk activities.

Also, when workers require their transfer to the private pension system (AFP), the ONP acknowledged the contributions to be transferred by rating, issuance and redemption of Bonds Recognition and Matching Bonuses.

ONP recognizes, qualifies, liquidates and pays the pension rights in strict compliance with the legal framework. It also informs and advises policyholders about the procedures and requirements needed to access a pension and other pension benefits.

RECOMENDACIONES 

*Se recomienda que más información acerca de  la organización estructural de la ONP para entender mejor

CONCLUSIONES

La ONP Mantiene informados y orientar a los asegurados obligatorios y facultativos, sobre los derechos y requisitos para acceder a una pensión y otros beneficios pensionarios de su competencia;
 reconoce, ​ declara, califica, verifica, otorga, liquida y paga derechos pensionarios con arreglo a ley.
BIBLIOGRAFIA O LINKOGRAFIA
https://es.wikipedia.org/wiki/Oficina_de_Normalizaci%C3%B3n_Previsional
http://www.deperu.com/contabilidad/oficina-de-normalizacion-previsional-onp-5758

1 comentario:

  1. Plantear RECOMENDACIONES, CONCLUSIONES y GLOSARIO. Gracias por su investigación. Saludos

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